Por: Mauro Adán Castro
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este miércoles despenalizar la posesión de más de cinco gramos de marihuana para uso o consumo personal.
Tres de cinco ministros de la Primera Sala de la Corte se pronunciaron por otorgar un amparo a Edgar Saúl Díaz Sánchez contra el artículo 478 de la Ley General de Salud, que determina ejercer acción penal contra los consumidores de cannabis que posean para su estricto consumo personal una cantidad superior a cinco gramos.
El ministerio público, fiscales y jueces serán quienes deben aclarar si la droga asegurada no es para consumo personal, con lo que podrán ejercer acción penal.